Funciones

Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local, ROF, etc

Fines y competencias

Los fines y competencias que ostenta la Mancomunidad de municipios Beturia atienden a lo establecido en la siguiente prelación normativa: 

1.- Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de Bases del Régimen Local. 

2.- Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. 

3.- Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local. 

4.- Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía. 

5.- Estatutos propios.

Estatutos

Los Estatutos de la Mancomunidad de municipios Beturia se organizan en cinco Capítulos y una Disposición Final. Atendiendo a los mismos, sus fines son,

  1. Llevar a cabo a nivel comarcal todas las iniciativas posibles de desarrollo local,  fomentando el desarrollo económico, social y cultural de los municipios mancomunados, así como de la puesta en marcha de las necesarias actividades conducentes al mejor logro y perfeccionamiento de este objetivo.
  2. La cooperación en la ejecución de la planificación que realice la consejería competente en materia de inserción sociolaboral de empleados y desempleados,  orientación y formación  a nivel comarcal, con especial referencia a aquellos colectivos con mayores dificultades de inserción sociolaboral.
  3. Fomento del desarrollo económico y social, a nivel comarcal apoyando sus posibilidades en sectores económicos tales como agrícolas, ganaderos, industrial; los productos,  el mercado y cuantas gestiones sean beneficiosas para un desarrollo socioeconómico equilibrado de la zona.
  4. Planificación y gestión de actividades culturales y promoción de la cultura, que incluye:
    1. La elaboración, aprobación y ejecución de planes y proyectos municipales en materia de bibliotecas, archivos, museos y colecciones museográficas.
    2. La gestión de sus instituciones culturales propias, la construcción y gestión de sus equipamientos culturales y su coordinación con otras del municipio.
    3. La organización y promoción de todo tipo de actividades culturales y el fomento de la creación y la producción artística, así como las industrias culturales.
    4. Organización y autorización, en su caso, de eventos o exposiciones que estén destinados a la promoción de productos endógenos
  5. Promoción del deporte y gestión de equipamientos deportivos de uso público, que incluye:
    1. La planificación, ordenación, gestión y promoción del deporte de base y del deporte para todos.
    2. La construcción, gestión y el mantenimiento de las instalaciones y equipamientos deportivos de titularidad propia.
    3. La organización y, en su caso, autorización de manifestaciones y competiciones deportivas que transcurran exclusivamente por su territorio, especialmente las de carácter popular y las destinadas a participantes en edad escolar y a grupos de atención especial.
    4. La formulación de la planificación deportiva local.
  6. Gestión de los servicios sociales comunitarios, conforme al Plan y Mapa Regional de Servicios Sociales de Andalucía, que incluye:
    1. Gestión de las prestaciones técnicas y económicas de los servicios sociales comunitarios.
    2. Gestión del equipamiento básico de los servicios sociales comunitarios.
    3. Promoción de actividades de voluntariado social para la atención a los distintos colectivos, dentro de su ámbito territorial.
  7. Promoción del turismo, que incluye:
    1. La promoción de sus recursos turísticos y fiestas de especial interés.
    2. La participación en la formulación de los instrumentos de planificación y promoción del sistema turístico en Andalucía.
    3. El diseño de la política de infraestructuras turísticas de titularidad propia.
  8. Promoción, defensa y protección del medio ambiente, que incluye:
    1. La programación, ejecución y control de medidas de mejora de la calidad del aire, que deberán cumplir con las determinaciones de los planes de nivel supramunicipal o autonómico, aprobados por la Junta de Andalucía.
    2. La ordenación, planificación, programación y ejecución de actuaciones en materia de protección del medio ambiente.
    3. La programación de actuaciones en materia de información ambiental y de educación    ambiental para la sostenibilidad.
    4. Apoyo al establecimiento de reservas naturales concertadas, previo informe de la consejería competente en materia de medio ambiente de la Junta de Andalucía.
    5. Impulso de las energías renovables en el ámbito comarcal
  9. El impulso y desarrollo de las nuevas tecnologías y la sociedad de la información a nivel comarcal.
  10. El impulso y desarrollo de las energías renovables en el ámbito comarcal.
  11. Promoción y gestión de  planes de viviendas de protección oficial a nivel comarcal.
  12. Ordenación de las condiciones de seguridad en las actividades organizadas en espacios públicos y en los lugares de concurrencia pública, que incluye:
    1. La creación, mantenimiento y dirección de la estructura municipal de protección civil.
    2. La promoción de la vinculación ciudadana a través del voluntariado de protección civil.
    3. La elaboración de programas de prevención de riesgos y campañas de información.
    4. La ordenación de las relaciones de convivencia ciudadana y del uso de sus servicios, equipamientos, infraestructuras, instalaciones y espacios públicos municipales.